Lo esencial
- Desde el 1 de julio de 2026 solo pueden prestar servicios en España las entidades con licencia CASP de la CNMV o pasaporte europeo. El antiguo registro del Banco de España ya no habilita a nadie.
- USDT no ha obtenido autorización EMT y fue deslistado de las plataformas reguladas de la UE. Mantenerlo en autocustodia sigue siendo legal.
- Ni un solo token referenciado a activos (ART) está autorizado bajo MiCA hasta la fecha. Todos los emisores conformes lo son en la categoría EMT.
- En España la permuta cripto-cripto tributa aunque no toques un euro: es una alteración patrimonial y va a la base del ahorro, con tipos del 19 % al 30 % tras la Ley 7/2024.
- El modelo 721 solo cubre saldos custodiados en el extranjero por encima de 50.000 € a 31 de diciembre. Sobre la autocustodia no hay pronunciamiento vinculante de la AEAT.
El 1 de julio de 2026 terminó el periodo transitorio de MiCA en España. Ese día dejó de ser cierto lo que muchos usuarios seguían dando por bueno: que aparecer en el registro del Banco de España significaba algo. No significa nada desde entonces. Y no es un tecnicismo administrativo: determina qué plataformas pueden legalmente ofrecerte servicios, qué protecciones tienes si algo sale mal y a qué supervisor puedes acudir.
Esta guía recorre el marco vigente a fecha de agosto de 2026 en la Unión Europea y España, con el detalle fiscal que necesita un residente español, y resume la situación en Estados Unidos y en los principales países de Latinoamérica. No es asesoramiento fiscal ni jurídico: es el mapa para que sepas qué preguntar a un profesional y dónde comprobar cada cosa por tu cuenta.
MiCA: qué regula y desde cuándo
El Reglamento (UE) 2023/1114, conocido como MiCA, es la primera norma integral de criptoactivos de un bloque económico grande. Se aplicó por fases:
| Hito | Fecha |
|---|---|
| Entrada en vigor del Reglamento (UE) 2023/1114 | 29 de junio de 2023 |
| Aplicación de los Títulos III y IV (stablecoins: EMT y ART) | 30 de junio de 2024 |
| Aplicación de los Títulos II y V (proveedores de servicios, CASP) | 30 de diciembre de 2024 |
| Fin del periodo transitorio en España | 1 de julio de 2026 |
Qué cubre cada bloque, en corto:
- Título II: emisión y oferta al público de criptoactivos que no son ni EMT ni ART, con obligación de publicar un libro blanco con contenido tasado y responsabilidad del emisor por su contenido.
- Título III: los ART, tokens referenciados a cestas de divisas, materias primas u otros criptoactivos.
- Título IV: los EMT, tokens de dinero electrónico referenciados a una sola moneda oficial.
- Título V: la autorización y las obligaciones de los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP): custodia, ejecución de órdenes, gestión de plataformas de negociación, asesoramiento, transferencia por cuenta de terceros.
Lo que MiCA no cubre es tan relevante como lo que cubre: quedan fuera los NFT no fungibles en sentido estricto, las finanzas verdaderamente descentralizadas sin intermediario identificable —el vacío que explico en la guía de DeFi— y la fiscalidad, que sigue siendo competencia de cada Estado.
Quién supervisa qué en España
El reparto es limpio y conviene tenerlo claro para saber a quién dirigirte:
- CNMV: Títulos II y V. Autoriza y supervisa a los proveedores de servicios de criptoactivos y controla la comercialización y la publicidad.
- Banco de España: Títulos III y IV. Supervisa la emisión de stablecoins, tanto EMT como ART.
Desde el 1 de julio de 2026, solo pueden operar en España las entidades autorizadas por la CNMV o las que hayan obtenido autorización en otro Estado miembro y operen aquí mediante pasaporte europeo. Para ti, como usuario, esto significa tres cosas concretas: la entidad debe segregar tus criptoactivos de los suyos, debe entregarte información precontractual sobre costes y riesgos, y está sujeta a un supervisor al que puedes reclamar.
El registro del Banco de España ya no habilita
Es el punto que más confusión genera. El registro de proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria y de custodia de monederos electrónicos se creó en 2021 al amparo de la Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales. Nunca fue una licencia de actividad: solo acreditaba que la entidad se había inscrito a efectos de obligaciones antiblanqueo, y cubría exclusivamente esos dos servicios.
Ese registro se cerró al terminar el periodo transitorio. Figurar en él no habilita hoy a nadie para prestar servicios. Si una plataforma sigue exhibiéndolo como aval, o está desactualizada o te está induciendo a error.
Cómo comprobarlo tú mismo
La CNMV publica el registro de proveedores de servicios de criptoactivos, de consulta pública y gratuita. Es la única comprobación que vale, y lleva menos de un minuto.
- Entra en el registro de proveedores de servicios de criptoactivos de la CNMV (cnmv.es, sección de consultas a registros oficiales) y busca la denominación social exacta de la entidad, no su nombre comercial.
- Comprueba si figura como autorizada en España o como entidad de otro Estado miembro operando en libre prestación de servicios.
- Verifica qué servicios concretos tiene autorizados: una licencia de custodia no ampara la gestión de una plataforma de negociación.
- Contrasta que el dominio web y la entidad jurídica que aparece en los términos y condiciones son los mismos que figuran en el registro.
El régimen de stablecoins: EMT frente a ART
| Concepto | EMT (Título IV) | ART (Título III) |
|---|---|---|
| Referencia | Una sola moneda oficial | Cesta de divisas, materias primas o criptoactivos |
| Quién puede emitir | Entidad de crédito o entidad de dinero electrónico | Entidad autorizada específicamente bajo MiCA |
| Capital mínimo | 350.000 € o el 2 % de los activos de reserva medios, el mayor | Igual criterio |
| Reservas | Respaldo 1:1 segregado; al menos el 30 % en depósitos bancarios (60 % si el emisor es significativo) | Respaldo 1:1 segregado |
| Emisores autorizados | Varios | Ninguno hasta la fecha |
Un emisor se considera significativo si supera umbrales como más de 10 millones de titulares, más de 5.000 millones de euros emitidos, más de 2,5 millones de transacciones diarias o más de 500 millones de euros diarios. En ese caso debe mantener un 3 % de fondos propios y pasa a estar supervisado por la Autoridad Bancaria Europea.
Hay además un límite específico y poco conocido: los EMT no denominados en euros que se usen como medio de pago tienen un tope de 1 millón de transacciones diarias o 200 millones de euros diarios. Superado ese umbral, el emisor debe detener nuevas emisiones. El límite no se aplica al trading, la custodia ni la liquidación B2B on-chain, un matiz que se pierde casi siempre al resumir la norma.
A julio de 2026 los EMT autorizados son USDC y EURC (Circle, Francia), EURI (Banking Circle, Luxemburgo), EURCV (Société Générale-Forge, Francia), EURe (Monerium), EURD (Quantoz, Países Bajos) y EUROe (Membrane Finance, Finlandia). Circle obtuvo licencia de entidad de dinero electrónico en Francia ante la ACPR en julio de 2024 y fue el primer emisor global conforme a MiCA. El funcionamiento y las reservas de cada uno los detallo en la guía de stablecoins.
USDT no está autorizado como EMT. Tether no obtuvo la autorización y las plataformas reguladas de la UE —Coinbase, Crypto.com o Bitstamp entre otras— lo deslistaron para clientes europeos a finales de 2024. Mantenerlo en autocustodia on-chain sigue siendo legal para un particular: la prohibición recae sobre la oferta por parte de proveedores regulados, no sobre la tenencia.
El caso Binance
El 26 de junio de 2026 Binance anunció el cese de servicios en la Unión Europea a partir del 1 de julio de 2026, notificándolo a usuarios de España, Francia, Italia y Polonia, después de haber retirado su solicitud de autorización MiCA en Grecia. Declaró que buscaría autorización en Francia. Es el hecho más relevante del año para el usuario español, y muestra que el cumplimiento no era una formalidad.
El matiz honesto: a 14 de julio de 2026, AML Intelligence informaba de que Binance, MEXC y HTX seguían siendo accesibles de facto para usuarios de la UE pese a carecer de licencia. La situación está en flujo. No te fíes de este párrafo ni de ningún artículo: comprueba el registro de la CNMV antes de depositar fondos. Los criterios generales para evaluar una plataforma están en la guía de cómo elegir un exchange seguro.
Fiscalidad en España
MiCA no toca los impuestos. En España la tributación de un particular se articula en el IRPF, y hay que separar dos cosas: qué hechos generan tributación y qué hay que informar aunque no se tribute.
Qué genera tributación
- Vender criptomoneda por euros. Ganancia o pérdida patrimonial: valor de transmisión menos valor de adquisición.
- Permutar una criptomoneda por otra. También. Es una alteración en la composición del patrimonio, y se valora por el valor de mercado del activo recibido. No hace falta que entre un euro en tu banco.
- Pagar con criptomonedas. Equivale a una transmisión: tributas por la diferencia entre el valor del bien o servicio adquirido y tu valor de adquisición de la cripto.
- Recompensas de staking. Se consideran rendimientos del capital mobiliario, imputables en el momento en que son exigibles y valorados a mercado. Su posterior venta genera además ganancia o pérdida patrimonial. Lo desarrollo en la guía de staking.
- Airdrops. El criterio general es que constituyen una ganancia patrimonial no derivada de transmisión, imputable al periodo en que se reciben y valorada a mercado en ese momento.
- Lo que NO genera tributación: comprar y mantener, ni mover fondos entre carteras propias.
Para calcular el valor de adquisición cuando has comprado en varios momentos, la AEAT aplica el criterio FIFO: se entiende que vendes primero las unidades adquiridas en primer lugar. Guarda el histórico completo de compras: sin él no puedes calcular correctamente la ganancia.
Los tramos de la base del ahorro
Las ganancias patrimoniales por venta o permuta van a la base imponible del ahorro, con esta escala tras la Ley 7/2024, que elevó el último tramo del 28 % al 30 % con efectos desde el ejercicio 2025:
| Base del ahorro | Tipo |
|---|---|
| 0 – 6.000 € | 19 % |
| 6.000 – 50.000 € | 21 % |
| 50.000 – 200.000 € | 23 % |
| 200.000 – 300.000 € | 27 % |
| Más de 300.000 € | 30 % |
Es una escala progresiva por tramos: no se aplica un único tipo a toda la base, sino cada tipo a su porción.
Los modelos informativos
| Modelo | Quién lo presenta | Qué informa | Umbral y plazo |
|---|---|---|---|
| 721 | Particulares y entidades titulares | Saldos de monedas virtuales situadas en el extranjero a 31 de diciembre | Más de 50.000 € conjuntos a 31 de diciembre. Plazo: 1 de enero a 31 de marzo |
| 172 | Exchanges y plataformas (no particulares) | Saldos de monedas virtuales de sus usuarios | Anual, en enero |
| 173 | Entidades residentes o con establecimiento permanente en España | Compraventas, permutas, custodia de claves e ICOs | Anual, en enero |
Los modelos 172 y 173 no te corresponden a ti como particular, pero conviene saber que existen: son la vía por la que la Administración recibe información de tus operaciones desde las plataformas, y explican por qué los datos declarados deben cuadrar.
El matiz de la autocustodia. El modelo 721 se refiere a monedas virtuales custodiadas en el extranjero. En una cartera de autocustodia no hay un tercero custodio, por lo que el criterio general es que no procede informarlas en el 721. No existe un pronunciamiento vinculante y explícito de la AEAT sobre este supuesto concreto, así que la única respuesta prudente es consultarlo con un asesor fiscal antes de decidir. Lo que no admite duda es que las ganancias sí tributan en el IRPF, estén los activos donde estén. La diferencia entre custodiar tú o que custodie un tercero la explico en wallets custodiales frente a no custodiales.
Ejemplo trabajado: una declaración real
Marta reside en España. Durante 2026 hace dos operaciones:
Operación 1. Vende bitcoin por 8.000 €. Lo había comprado por 5.000 €, así que su ganancia patrimonial es de 3.000 €. Ojo con el error habitual: no tributa por los 8.000 € que recibe, sino por los 3.000 € de ganancia.
Operación 2. Permuta bitcoin por ethereum. El ETH recibido tiene un valor de mercado de 2.000 € en el momento del canje, y la porción de bitcoin entregada le había costado 1.200 €. Ganancia: 800 €. No ha recibido un solo euro en su cuenta bancaria, y aun así tributa.
Base del ahorro por estas operaciones: 3.800 €. Si es su único rendimiento del ahorro del ejercicio, todo cae en el primer tramo:
| Concepto | Importe | Tipo | Cuota |
|---|---|---|---|
| Ganancia por la venta | 3.000 € | 19 % | 570 € |
| Ganancia por la permuta | 800 € | 19 % | 152 € |
| Total | 3.800 € | — | 722 € |
Cambia el escenario. Supón que Marta tiene además 5.000 € de dividendos e intereses, que van a la misma base del ahorro. La base total es 8.800 €: los primeros 6.000 € al 19 % y los 2.800 € restantes al 21 %. La parte de sus ganancias cripto que queda por encima de los 6.000 € tributa al 21 %, así que su cuota por las operaciones cripto pasa a ser 1.000 € × 19 % + 2.800 € × 21 % = 778 €. La misma ganancia, 56 € más de impuesto, solo por el resto de sus rendimientos del ahorro.
Qué debe declarar Marta: ambas operaciones en la declaración de IRPF del ejercicio, en el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales de la base del ahorro. El modelo 721 solo si sus saldos custodiados en el extranjero superaban los 50.000 € a 31 de diciembre, cosa que aquí no ocurre. Si hubiera tenido pérdidas en otras operaciones, podría compensarlas con estas ganancias dentro de las reglas de compensación de la base del ahorro.
Estados Unidos en 2026
GENIUS Act (stablecoins) — ley en vigor. Aprobada por el Senado el 17 de junio de 2025 (68-30) y por la Cámara el 17 de julio de 2025 (308-122), fue firmada el 18 de julio de 2025. Su aplicación se produce en la fecha anterior de dos: 18 meses tras la promulgación, es decir el 18 de enero de 2027, o 120 días después de la publicación de las normas finales. A agosto de 2026 el desarrollo reglamentario está solo en fase de propuesta: el Tesoro publicó el reglamento en el Federal Register el 18 de agosto de 2026, con plazo de comentarios hasta el 19 de octubre de 2026. La Sección 3(b)(1) se aplica desde el 18 de julio de 2028.
CLARITY Act (estructura de mercado) — pendiente. Aprobada por la Cámara el 17 de julio de 2025 (294-134) y por el Senate Banking Committee el 14 de mayo de 2026 (15-9). La votación de cierre estaba prevista para el 15 de septiembre de 2026 y requiere 60 votos y un proceso de conciliación. A fecha de agosto de 2026 no es derecho vigente.
Interpretación conjunta SEC/CFTC del 17 de marzo de 2026. Los dos supervisores publicaron una taxonomía común de tokens —digital commodities, digital collectibles, digital tools, stablecoins y digital securities— reconociendo que la mayoría de los criptoactivos no son en sí mismos valores, y aclarando el tratamiento de airdrops, minería de protocolo, staking de protocolo y wrapping. Puedes leerlo en los comunicados de la SEC y de la CFTC.
Latinoamérica
| País | Marco | Situación |
|---|---|---|
| Argentina | Ley 27.739 y Resolución General 994 de la CNV (25 mar 2024), régimen definitivo por RG 1058/2025 | Registro obligatorio de PSAV. Quien no esté inscrito no puede operar |
| México | Ley Fintech (2018) | Regula las ITF; los activos virtuales requieren autorización de Banxico para su uso por entidades financieras. El SAT clasifica el intercambio como actividad vulnerable. No hay ley cripto integral |
| Colombia | Sin ley específica | Circulares de la Superintendencia Financiera. El Banco de la República reitera que el bitcoin no tiene curso legal |
| Brasil | Marco más desarrollado de la región | El Banco Central (BCB) registra y supervisa a los proveedores |
El registro argentino de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales se creó bajo la Recomendación 15 del GAFI y puede consultarse en la web de la CNV.
Sobre fiscalidad en estos países no publico cifras. No he podido verificar los tipos impositivos aplicables a criptoactivos vigentes en 2026 en México, Argentina y Colombia con fuentes primarias, y prefiero dejar el hueco antes que dar un porcentaje que pueda estar desactualizado o ser sencillamente falso. Consulta la administración tributaria de tu país.
Checklist de cumplimiento para un particular en España
- Comprueba en el registro de la CNMV que cada plataforma que usas está autorizada, y repite la comprobación cada cierto tiempo: las autorizaciones se conceden y se retiran.
- Descarga y guarda el histórico completo de operaciones de cada plataforma antes de dejar de usarla. Si cierra el servicio en tu país, puedes perder el acceso a tus registros.
- Registra cada compra con fecha, cantidad, precio y comisiones. Sin ese histórico no puedes aplicar FIFO ni justificar tu valor de adquisición.
- Anota también las permutas cripto-cripto con el valor de mercado en euros del momento del canje. Es el dato que más se olvida y el que más problemas da.
- Declara en el IRPF todas las ganancias y pérdidas patrimoniales del ejercicio, incluidas las de permutas y pagos.
- Si a 31 de diciembre tienes más de 50.000 € custodiados en plataformas extranjeras, presenta el modelo 721 entre el 1 de enero y el 31 de marzo.
- Revisa que lo que declaras cuadra con lo que las plataformas españolas comunican a Hacienda en los modelos 172 y 173.
- Si tienes staking, airdrops, préstamos o actividad en protocolos descentralizados, consulta con un asesor fiscal: son los supuestos con menos criterio administrativo consolidado.
El marco europeo ha pasado en dos años de la nada a una norma exigente y ya plenamente aplicable. Eso reduce el riesgo de que una plataforma desaparezca con tu dinero, pero no lo elimina, y no cubre lo que ocurre fuera del perímetro regulado. La parte que sí depende enteramente de ti es la documental: una hoja de cálculo bien mantenida desde el primer día vale más, llegado el momento, que cualquier consejo que puedas leer en internet.
Preguntas frecuentes
¿Cómo compruebo si una plataforma está autorizada para operar en España?
Consulta el registro de proveedores de servicios de criptoactivos de la CNMV, que recoge tanto a las entidades autorizadas en España como a las que operan aquí mediante pasaporte europeo. Estar en el antiguo registro del Banco de España no basta: ese registro se cerró al terminar el periodo transitorio y solo acreditaba el cumplimiento de obligaciones de prevención de blanqueo, no una licencia de servicios.
¿Tengo que declarar si cambio bitcoin por ethereum sin sacar euros?
Sí. La permuta entre criptomonedas es una alteración en la composición del patrimonio y genera ganancia o pérdida patrimonial en el IRPF, calculada por la diferencia entre el valor de mercado del activo recibido y el valor de adquisición del entregado. Que no haya pasado dinero por tu banco no cambia nada. Se integra en la base del ahorro.
¿Es ilegal tener USDT en España?
No. Lo que ocurre es que Tether no ha obtenido autorización como emisor de e-money token bajo MiCA, así que las plataformas reguladas de la UE dejaron de ofrecerlo a clientes europeos. Tenerlo en una cartera de autocustodia y usarlo on-chain sigue siendo legal para un particular. La restricción recae sobre los proveedores de servicios, no sobre el tenedor.
¿Tengo que presentar el modelo 721 por mi hardware wallet?
El modelo 721 informa de saldos de monedas virtuales custodiadas en el extranjero por encima de 50.000 euros conjuntos a 31 de diciembre. En la autocustodia no hay un tercero que custodie, por lo que el criterio general es que no procede declararlas ahí. La AEAT no se ha pronunciado de forma vinculante y explícita sobre este supuesto, así que conviene consultarlo con un asesor fiscal.
¿Cuándo entra plenamente en vigor la ley de stablecoins de Estados Unidos?
La GENIUS Act se firmó el 18 de julio de 2025, pero su aplicación se produce en la fecha anterior de dos: 18 meses tras la promulgación, es decir el 18 de enero de 2027, o 120 días después de que se publiquen las normas finales. A agosto de 2026 el desarrollo reglamentario sigue en fase de propuesta, con el reglamento del Tesoro publicado el 18 de agosto de 2026 y comentarios abiertos hasta el 19 de octubre de 2026.
Fuentes y referencias
- CNMV — Regulación de criptoactivos (MiCA)
- CNMV — Registro de proveedores de servicios de criptoactivos
- Reglamento (UE) 2023/1114 (MiCA) — texto en EUR-Lex
- AEAT — Preguntas frecuentes sobre el modelo 721
- Federal Register — GENIUS Act Regulations on Payment Stablecoin Issuance (18 ago 2026)
- SEC — Clarifies Application of Federal Securities Laws to Crypto Assets (17 mar 2026)
- CFTC — Comunicado conjunto sobre criptoactivos (17 mar 2026)
- CNV Argentina — Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV)
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